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Intereses de demora en facturas impagadas

Contenido escrito y verificado por:

Mauricio Pacheco Doria

Última actualización: 09/09/2026

Intereses de demora en facturas impagadas

Un cliente que no paga no solo retiene el importe de una factura. También obliga a tu negocio a financiar un trabajo ya realizado: nóminas, proveedores, impuestos y horas de gestión que nadie te devuelve. Por eso, los intereses de demora en facturas impagadas no son un castigo caprichoso ni una amenaza para usar a la ligera. Son una herramienta legal para compensar el daño que provoca pagar tarde.

Si eres autónomo o gestionas una pyme, reclamar esos intereses puede ayudarte a recuperar una parte real del coste del impago. Pero hay un matiz importante: para hacerlo bien debes saber cuándo proceden, cómo se calculan y qué documentación necesitas. Así evitas reclamar de más, quedarte corto o dar al deudor una excusa para retrasar todavía más el pago.

Qué son los intereses de demora en facturas impagadas

Los intereses de demora son la cantidad adicional que debe pagar quien abona una deuda fuera de plazo. En una relación comercial entre empresas o profesionales, su función es compensar al acreedor por no haber dispuesto de su dinero en la fecha pactada.

En España, esta materia se regula principalmente en la Ley 3/2004 de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales. La norma protege a quien ha entregado un producto o prestado un servicio y no ha recibido el pago en el plazo correspondiente.

La idea es sencilla: tu trabajo no tiene por qué convertirse en crédito gratuito para tu cliente. Si la factura venció y el deudor no paga, la deuda puede crecer con intereses desde el momento en que se produce la mora.

Esto suele aplicar a operaciones entre empresas, autónomos y entidades públicas. No funciona exactamente igual en contratos con consumidores particulares, ni todas las deudas tienen el mismo tratamiento. Por eso conviene revisar quién contrató, qué se pactó y cuál era el vencimiento antes de enviar una reclamación formal.

Cuándo empieza a correr la demora

El punto de partida depende, primero, de lo que hayan acordado las partes. Si la factura, el contrato, el presupuesto aceptado o el pedido fijan una fecha concreta de pago, la mora comienza al día siguiente de ese vencimiento si no se ha pagado.

Cuando no existe un plazo pactado, la ley establece como referencia general 30 días naturales desde la recepción de los bienes o la prestación de los servicios. En determinados supuestos, como cuando hay un procedimiento de aceptación o comprobación, el cómputo puede variar.

La ley también limita los plazos de pago excesivos. Como regla general, el plazo pactado entre empresas no debe superar 60 días naturales, salvo situaciones muy concretas y siempre que no haya abuso para la parte acreedora. Si un cliente pretende imponerte 90 o 120 días sin una justificación real, no des por hecho que esa condición es válida solo porque aparezca en su documento.

En las operaciones comerciales cubiertas por esta normativa, el derecho a intereses nace automáticamente cuando se cumplen las condiciones legales. No necesitas haber mandado tres recordatorios ni obtener antes una sentencia. Aun así, reclamar por escrito es una decisión inteligente: deja constancia del importe, la fecha de vencimiento y tu voluntad de cobrar.

Cómo se calcula el interés de demora

El cálculo parte de tres elementos: el principal pendiente, el número de días de retraso y el tipo de interés aplicable.

La fórmula habitual es esta:

Intereses = importe pendiente × tipo anual × días de retraso / 365

El tipo aplicable puede estar previsto en el contrato. Si no existe un interés pactado válido, en las operaciones comerciales se aplica el tipo legal de demora previsto por la Ley 3/2004: el tipo de interés de referencia del Banco Central Europeo más ocho puntos porcentuales. Ese porcentaje se actualiza periódicamente, por lo que no conviene reutilizar sin comprobarlo el tipo que usaste hace un año.

Imagina una factura de 5,000 euros vencida hace 90 días. Si el tipo aplicable fuera del 12% anual, el cálculo aproximado sería: 5,000 × 0.12 × 90 / 365. El resultado rondaría los 148 euros. No parece una cifra enorme en una sola factura, pero en varios impagos o retrasos de meses puede afectar mucho a tu margen y a tu caja.

El importe exacto importa. Una reclamación bien calculada transmite seriedad y facilita una negociación. Una cifra improvisada, en cambio, puede abrir una discusión innecesaria y retrasar el cobro.

No confundas el interés legal con el interés comercial de demora

El interés legal del dinero y el interés de demora en operaciones comerciales no son necesariamente lo mismo. El primero se utiliza como referencia en muchos ámbitos jurídicos. El segundo, en cambio, tiene un régimen específico para combatir la morosidad comercial y suele ser más alto.

Antes de reclamar, revisa si existe contrato, condiciones generales aceptadas, orden de compra, presupuesto firmado o cláusulas de pago incluidas en la factura. Si pactaste un tipo de interés concreto, habrá que analizar si es aplicable. Si no pactaste nada, puede entrar en juego el tipo legal de demora comercial.

También puedes reclamar 40 euros por costes de cobro

Además de los intereses, la Ley 3/2004 reconoce al acreedor una indemnización fija de 40 euros por costes de cobro cuando el deudor incurre en mora. No tienes que demostrar un gasto concreto para reclamar esa cantidad.

Y si los gastos de recuperación superan ese importe, por ejemplo porque ha sido necesario recurrir a asistencia letrada o realizar actuaciones de recobro justificadas, puedes reclamar una compensación adicional razonable. No significa que cualquier coste se vaya a aceptar sin más. Debe existir proporcionalidad y relación con el impago.

Este punto es especialmente relevante para pequeños negocios. Perseguir una factura de 300, 800 o 2,000 euros consume tiempo administrativo que podrías dedicar a vender, atender clientes o ejecutar proyectos. La compensación existe precisamente porque cobrar lo que ya has facturado no debería convertirse en una segunda jornada de trabajo.

Qué debes tener antes de reclamar

No basta con tener una factura emitida. Cuanta más evidencia tengas de que el servicio se realizó o el producto se entregó, más sólida será tu posición. Reúne la factura vencida, el presupuesto o contrato aceptado, pedidos, albaranes, correos electrónicos, mensajes y cualquier prueba de conformidad del cliente.

También conserva los recordatorios de pago. Aunque la ley permita que el interés se devengue sin requerimiento previo en muchos casos, esos mensajes acreditan que intentaste resolver la situación de forma razonable antes de escalar el asunto.

Si el deudor discute parte del trabajo, reclama con precisión. Puede ocurrir que una factura incluya una parte realmente controvertida y otra que no lo esté. En ese escenario, conviene separar conceptos y no renunciar sin analizarlo al cobro de la parte indiscutida. Cada caso tiene matices, y una respuesta rápida del cliente no equivale necesariamente a una objeción válida.

Cómo reclamar sin perder más tiempo ni dinero

Empieza por una reclamación amistosa clara. Indica el número de factura, el importe principal, el vencimiento, los días de retraso y la cantidad reclamada por intereses, si ya la has calculado. Fija una fecha concreta para el pago y conserva evidencia del envío.

Si no responde o promete pagar sin hacerlo, llega el momento de profesionalizar la gestión. Dejar pasar meses por miedo a incomodar al cliente suele empeorar el problema. La deuda puede prescribir y las posibilidades de cobro pueden reducirse si el deudor acumula reclamaciones, pierde solvencia o deja de operar.

Una reclamación formal bien planteada puede bastar para desbloquear el pago. Si no funciona, la vía judicial permite exigir el principal, los intereses y, cuando corresponda, los costes de recuperación. El procedimiento adecuado depende del importe, los documentos disponibles y la postura del deudor. No todas las facturas requieren la misma estrategia.

Con Wipyme puedes cargar una factura vencida y delegar la gestión del recobro, desde el primer contacto amistoso hasta la reclamación judicial cuando sea necesaria. Tú mantienes información sobre el expediente; abogados colegiados se ocupan de que el impago no siga ocupando espacio en tu agenda. Además, el modelo a resultado evita que adelantes costes por intentar cobrar lo que ya es tuyo.

No uses los intereses como excusa para esperar

Reclamar intereses de demora no implica romper automáticamente una relación comercial. A veces es suficiente con dejar claro, con datos y sin rodeos, que el retraso tiene consecuencias. Otras veces, el cliente está atravesando un problema de liquidez y un acuerdo de pago realista puede ser la mejor forma de recuperar el principal sin alargar el conflicto.

Lo que no conviene es sentarte a esperar mientras la deuda envejece. Revisa tus facturas vencidas, identifica las que ya están en mora y decide qué acción corresponde en cada una. Tu trabajo ya está hecho. Ahora toca proteger el dinero que te corresponde.

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Mauricio Pacheco Doria
Abogado colegiado y profesor universitario, me apasiona enseñar y compartir conocimiento. Por eso, además de ejercer la abogacía, escribo en este blog con la intención de acercarte el derecho de una forma clara, práctica y comprensible.

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